Muchas familias de la provincia pagan de más porque no piden las bonificaciones que les corresponden. Esta guía resume qué existe, dónde se pide y qué documentación hace falta.
1. Bonificación del IBI
El artículo 74.5 del TRLRHL permite a los ayuntamientos bonificar hasta el 50% de la cuota del IBI para viviendas con sistemas de aprovechamiento de energía solar. Cada ayuntamiento fija su porcentaje y sus años en la ordenanza fiscal, así que hay que consultarla en tu municipio.
2. Bonificación del ICIO
El artículo 103.2.b permite bonificar hasta el 95% del impuesto de construcciones e instalaciones. Se solicita normalmente al tramitar la licencia o la declaración responsable de la obra.
3. Documentación habitual
- Memoria técnica o proyecto de la instalación.
- Certificado de Instalación Eléctrica (CIE) y boletín.
- Factura de la instalación y justificante de pago.
- Referencia catastral de la vivienda.
Todo esto forma parte del expediente que ya preparamos en cada proyecto: ver la guía de legalización de placas solares.
4. Dónde se pide en tu municipio
En las páginas de cada localidad indicamos el ayuntamiento correspondiente y el enfoque local (comunidades de vecinos en capital, normas estéticas en urbanizaciones, etc.). Empieza por placas solares en Málaga, Marbella o Coín.
5. Y si añades batería
El almacenamiento suele incluirse en la misma obra e ir al mismo expediente. Rangos y casos reales en baterías para placas solares.
Te tramitamos el expediente completo. Pide tu presupuesto y te decimos qué bonificaciones aplican en tu municipio.
Fuente: MiTechoSolar.com, Energía solar premium en la Costa del Sol
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